Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala II integrada) de La Plata. Contestación de demanda. Ampliación del plazo por distancia. Interpretación del artículo 158 del CPCC.
La Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala II integrada) de La Plata en la causa Nº 127.504, resolvió confirmar la extemporaneidad de la contestación de la demanda, al colegir que el piso mínimo a partir del cual procederá al ampliación del plazo dispuesto por el art. 158 del CPCC de 200 km, y que la fracción no menor a 100 km lo es, cumplidos los primeros 200 km, sobre su excedente.